Sección Sindical de CSI·F
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Mensaje por csif.ujaen Lun Jun 23, 2014 10:14 am

Estimado/a Compañero/a:

Te damos la bienvenida al foro de debate y sugerencias para la modificación del Reglamento de Control de Presencia.

Puedes escribir tus comentarios libremente sin necesidad de registrarte haciendo click en el botón POSTREPLY.

Después de la última reunión mantenida con el Sr. Rector, acompañado por el Sr. Gerente y el Sr. Secretario General de la UJA, se han restituido las relaciones entre el Consejo de Dirección y los representantes de los trabajadores. Como muestra de ello, se ha abierto un proceso de negociación del Sistema de Control de Presencia para el PAS que culminará a mediados de Septiembre.

Desde este enlace puedes descargar el REGLAMENTO DE CONTROL DE PRESENCIA

Desde CSI·F llevamos las siguientes propuestas a incluir de manera inmediata y urgente en el Reglamento de Control de Presencia:

·Marcaje de entrada desde las 7:30 para el turno de mañana y desde las 13:00 para el turno de tarde.
·Posibilidad de recuperación horaria de Lunes a Viernes para facilitar la conciliación familiar.
·No marcaje del tiempo de desayuno/merienda.
·Habilitar un periodo de cortesía (por definir) en las entradas y salidas que no repercuta en el computo global y que sea considerado como tiempo efectivo trabajado.
Sacar los relojes de los despachos (caso del Servicio de Deportes) y colocarlos en lugares accesibles y no cerrados.


Así mismo, proponemos que, una vez finalizada la modificación, se cree una comisión de interpretación del Reglamento con capacidad de incorporar modificaciones puntuales al mismo sin necesidad de abrir un nuevo periodo de negociación.

Saludos cordiales

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Última edición por csif.ujaen el Mar Jun 24, 2014 7:41 am, editado 3 veces

csif.ujaen
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BIENVENIDO/A Empty Re: BIENVENIDO/A

Mensaje por alzagal Mar Jun 24, 2014 8:23 am

Buenos días, veo que entre las propuestos no está la de incluir una bolsa anual de horas no recuperables. Ya que están en tan buena disposición habría que aprovecharlo e incluirlo en las peticiones iniciales.

alzagal
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BIENVENIDO/A Empty Reuniones de trabajo y actividades formativas fuera del horario flexible de la jornada de trabajo

Mensaje por Andarríos Mar Jun 24, 2014 9:02 am

Creo que no debería convocarse ninguna reunión, ya sea dentro de un servicio, o entre servicios o cualquiera reunión que afecte a un PAS de la UJA, en la parte flexible de la jornada laboral pues todos, acuerdo en mano, tenemos derecho a conciliar nuestra vida familiar y laboral en ese tramo de la jornada.

Lo mismo debería aplicarse para las actividades formativas. No se debería desarrollar ninguna en la franja flexible del horario de trabajo y si así se hiciera las ausencias de los trabajadores en el tramo flexible de su jornada laboral a estas actividades formativas deberían computarse a todos los efectos como cumplidas o asistidas ya que el trabajador tiene derecho a no trabajar en ese tramo y recuperar el tiempo no trabajado en el horario flexible cuando más le convenga.

Esto es algo que había que incorporar a la cultura de la UJA para que se visualice el compromiso de la Institución con la conciliación de la vida laboral de sus empleados. Respeto.

Ni una reunión ni una actividad formativa antes de las 9 ni después de las 2. Extiéndase al horario de tarde.

Andarríos
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Mensaje por isaco Mar Jun 24, 2014 9:21 am

De acuerdo con todas las demandas de CSIF excepto dos:

* que se empiece a poder marcar por la tarde desde las 13h es excesivo, es un adelanto de hora y media sobre su jornada y podrían quedar descubiertos servicios a las 20.30h. Veo más lógico que si por la mañana se puede fichar desde las 7.30h (buena propuesta) por la tarde se pueda fichar desde las 14h.
* No veo lógico ni tiene sentido alguno que haya que "mover" los Relojes de los despachos, mira que le doy vueltas pero la única explicación que se me pueda ocurrir nos deja en mal lugar como colectivo. Es legítimo y de agradecer el trabajar cuestiones que se ajusten al compromiso adquirido (como revisar la flexibilidad horaria para que esta sea más real pues ahora tiene muchas ataduras, el fichaje de algo tan complicado como el desayuno, etc.) pero por otra parte nosotros como colectivo tenemos que pretender entre todos trasladar otra imagen, la que realmente tenemos por la excelente plantilla de profesionales que tenemos, y que por cuestiones como estas y por minorías, se pueda ver empañada.

gracias por el foro.

un saludo.

isaco
Invitado


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BIENVENIDO/A Empty Compensaciones por las 30 horas que nos pueden exigir fuera de la jornada laboral por el acuerdo de homologación

Mensaje por Robarrosocos Mar Jun 24, 2014 9:27 am

A lo largo de un año puede darse el caso que un trabajador tenga un saldo negativo de horas correspondientes al tramo flexible que podrá recuperar cuando quiera y pueda en los horarios acordados para ello.

También puede darse el caso que un trabajador tenga un saldo negativo de horas en el tramo horario de obligado cumplimiento. El trabajador podrá descontar de este saldo negativo que no es recuperable con cargo a las 40 horas de conciliación y si al final del año su saldo sigue siendo negativo la casa le descontará la parte proporcional de su sueldo.

En circunstancias familiares graves las 40 horas de conciliación no son suficientes para solventar el problema de una enfermedad grave en una familia y el trabajador tendrá que acudir a permisos sin sueldos o similares lo que agrava más su situación puesto que a la enfermedad se unirá una disminución en el salario.

Las compensaciones por las horas trabajadas fuera del horario laboral según el acuerdo de homologación se compensarán a 1 hora y 45 minutos y debería permitirse en caso de que el trabajador tuviera saldo negativo en la parte de obligado cumplimiento de su jornada laboral descontar esta hora y cuarenta y cinco minutos de su saldo negativo (no recuperable en caso de que se hayan superado las 40 horas, a razón de cuatro mensuales, de la bolsa de conciliación de gerencia) en el horario  de obligado cumplimiento.

Robarrosocos
Invitado


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BIENVENIDO/A Empty Regulación clara del mecanismo para dejar horas en la bolsa de 40 horas de Gerencia

Mensaje por Alcanzanios Mar Jun 24, 2014 9:38 am

Según el acuerdo es el trabajador el único que tiene potestad para decidir si las horas de déficit tanto en la parte flexible del horario como en la de obligado cumplimiento van a la bolsa de 40 horas que Gerencia puede exigir para actividades formativas o trabajos fuera de la jornada habitual. Estas horas tienen carácter de NO RECUPERABLES. Esto es, una vez que se dejen no pueden recuperarse.

¿Cuándo tiene que decidir el trabajador si deja esas 4 horas mensuales en dicha bolsa? Si alguien comete un error al dejar estas horas, ¿podrá enmendarlo y "recuperarlas" o una vez marcadas como disponibles para Gerencia no habrá posible marcha atrás?
¿Al acabar el mes?
¿Al acabar el año?
¿Se va a mantener el límite de cuatro horas mensuales o no?

La aplicación deberá cambiar para que todas estas cosas se puedan hacer.



Alcanzanios
Invitado


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BIENVENIDO/A Empty Saldo negativo y compensaciones

Mensaje por Robagallinas Mar Jun 24, 2014 9:51 am

El saldo negativo de horas en horario flexible (que pueden ser recuperadas por el trabajador hasta el 31 de Diciembre según el acuerdo ) no puede ser el criterio para no compensar los trabajos fuera de la jornada laboral a una hora y cuarenta y cinco minutos.

Según el reglamento que maneja Gerencia si el trabajador tiene un saldo negativo de horas (ya sean en horario flexible o en horario de obigado cumplimiento), las horas trabajadas fuera de la jornada laboral con cargo a las 30 de los acuerdos de homologación se compensarán a una hora x una hora.

Esto no justo pues conculca el derecho del trabajador a conciliar su vida laboral con su vida familiar puesto que el trabajador sólo tendrá un déficit cuando a 31 de Diciembre se compruebe que no ha cumplido con todo su horario. Mientras tanto este déficit de horas no es tal sino que es un derecho del trabajador reconocido por la Gerencia el poder recuperarlas más tarde.

En todo caso puedo entender que se compensen las 30 horas con cargo a los acuerdos de homologación a hora x hora si el trabajador tuviera saldo negativo en el horario de obligado cumplimiento pero no en el flexible. Esto supone vulnerar el derecho del trabajador a disponer a recuperar estas horas del horario flexible según sus intereses puesto que le daría potestad a Gerencia para imponerle el momento de la recuperacón: el momento en el que Gerencia le pide esas horas fuera de su jornada de trabajo habitual.

Robagallinas
Invitado


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